| Declaración
bahá'í sobre obligaciones y derechos
humanos
Presentada a la Comisión de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas.
Wilmette, Illinois
febrero de 1947
I
El origen de los derechos humanos es el conjunto
de cualidades, virtudes y poderes que Dios ha otorgado
a la humanidad sin discriminación de sexo,
raza, credo o nación. El propósito
de la existencia humana es la realización
de las potencialidades de este don divino.
Los derechos humanos alcanzan estado
social cuando los miembros de la comunidad advierten
que el don y el ser conscientes los obliga a asumir
responsabilidades ante Dios, la sociedad y ellos
mismos. El mutuo reconocimiento por parte de los
miembros de la comunidad de que la verdad de sus
vidas emana de una misma y única Fuente universal,
les permite mantener relaciones ordenadas dentro
de un cuerpo social común.
El cuerpo social no crea derechos
humanos esenciales. Su función es la de un
fideicomiso designado para actuar por la comunidad
en la preservación de aquellas relaciones
que representan los logros morales de sus miembros,
y para albergar y proteger esa unidad de espíritu
que es su más elevada obligación mutua.
No hay cuerpo social, sea cual fuere
su forma, que tenga el poder de mantener los derechos
humanos esenciales para aquellas personas que han
repudiado su obligación moral y han abandonado
el don divino que distingue al hombre de la bestia.
Las definiciones civiles de tipo político
y económico, vacías de valor e influencia
moral, no son equivalentes a los derechos humanos
esenciales sino que expresan las conveniencias de
políticas partidarias. Una sociedad ordenada
sólo puede ser sostenida por seres morales.
II
La dote divina del hombre lo circunscribe
a una humanidad que evoluciona y madura. La raza
humana está sujeta a un principio de desarrollo
progresivo que opera más allá de la
voluntad de la humana. Ninguna época repite
las condiciones de aquellas que le precedieron.
La evolución manifiesta en
la civilización es resultado de la evolución
espiritual que obra a través de la humanidad.
A medida que van desplegándose nuevas cualidades
podrá establecerse un área de relaciones
ordenadas creciente, que requiere de cambios en
la estructura social.
El estado nacional moderno aparece
como un unificador de razas y pueblos diversos.
Ha sido una tregua social observada por, o impuesta
sobre, comunidades anteriormente separadas, independientes
y hostiles. Históricamente la Nación
ha representado una gran victoria moral, una etapa
definida e importante en el progreso humano. Ha
elevado la condición de las masas, ha sustituido
la autoridad arbitraria de la tribu por la ley constitucional,
ha extendido la educación y el conocimiento,
ha mitigado el efecto de las disputas sectarias
y ha ampliado el mundo social del hombre común.
Creó condiciones bajo las cuales las ciencias
naturales pudieron desarrollarse, las invenciones
fueron puestas en marcha, y la industrialización
dio al hombre dominio sobre la naturaleza.
Los nuevos poderes y recursos que
la Nación hizo posibles no pudieron quedar
confinados a los límites nacionales sino
que produjeron un internacionalismo, como causa
y efecto, en las relaciones sociales que ninguna
nación pudo controlar. El Estado Nacional
ha llegado al límite de su desarrollo como
cuerpo social independiente y autodirigido. Una
ciencia mundial, una economía mundial y una
conciencia mundial "en la cresta de la ola"
de un movimiento nuevo y universal de evolución
espiritual sienta las bases del orden mundial. Concebido
como un fin en sí mismo, el Estado Nacional
se ha convertido en una negación de la unidad
de la humanidad, en una fuente de desorganización
general opuesta a los verdaderos intereses de su
gente. Desde las profundidades del don divino del
hombre se agita la respuesta a la afirmación
de unidad que da a esta época su impulso
y dirección centrales. La sociedad está
experimentando lograr una transformación
para realizar un nuevo orden basado en la integralidad
de las relaciones humanas.
III
En el pasado diferentes pueblos de
diversas condiciones sociales han adoptado distintas
concepciones de los derechos humanos elementales:
el derecho a la ciudadanía, cuando la nación
pasó a ser el pueblo y no la dinastía;
el derecho a un código legal, cuando las
tradiciones y costumbres fueron sustituidas por
constituciones escritas; el derecho a la seguridad
de la persona y a la propiedad, cuando el estado
pudo imponer la paz sobre las facciones contendientes;
el derecho a elegir lugar de residencia y ocupación,
cuando el individuo no estaba ya sujeto a un territorio
predeterminado. Una historia de los derechos podría
registrar los logros morales más significativos
de la raza humana en su incesante lucha por formar
una sociedad duradera.
Pero un derecho sólo es válido
y efectivo cuando se apoya en una soberanía
independiente. Nuestro esquema heredado de derechos
ha sido amenazado como consecuencia de la pérdida
de soberanía real por la del Estado Nacional.
Para reevaluar los derechos elementales del pasado,
y para establecer nuevos y esenciales derechos adecuados
a nuestra época, se requiere de una soberanía
mundial. El concepto de derecho completo ha sufrido
cambios. Anteriormente un derecho era la defensa
contra una invasión; hoy en día el
derecho es una condición social compartida
por toda la humanidad. Por primera vez en la historia
de la experiencia humana la ley social y moral podrá
integrar y unificar cuando la humanidad como un
todo esté sujeta a la misma ley. Todo lo
universal es verdad divina; y todo lo limitado y
sectorial es opinión humana.
La obligación y el derecho
de vivir en una sociedad moral se ha vuelto crucial,
es una prueba de nuestra voluntad de sobrevivir.
La lucha moderna que utiliza a las naciones como
sus instrumentos no es una guerra de pueblos o de
dinastías, es una guerra de valores. La disputa
de valores se transforma en una lucha entre aquellos
seres humanos que quisieran y deben unirse en una
humanidad común y un cuerpo social común,
y aquellos que quisieran y deben mantenerse separados,
diversos y autónomos. El mismo Estado Nacional
se halla desgarrado y dividido en una lucha que
involucra fundamentalmente las actitudes concientes
de seres humanos individuales. Aunque en cierto
grado el Estado Nacional puede actuar como un cuerpo
unido, sin embargo, no puede evitar particiones
en la decisión. No hay persona ni cuerpo
social inmune al destino.
El verdadero destino del Estado Nacional
es el de construir un puente que vaya de la autonomía
local a la unidad mundial. Puede preservar su herencia
moral y función sólo si contribuye
al establecimiento de la soberanía mundial.
Tanto el Estado como las personas son necesarias
para servir como fuertes pilares que sostengan las
nuevas instituciones, reflejando de ese modo la
expresión más acabada y final de las
relaciones humanas en una sociedad ordenada. Postergando
este mandato histórico dado a los pueblos
y naciones de nuestra época de unir, le daremos
oportunidad y aliento a las fuerzas subversivas
cuya arma es la confusión y cuyo propósito
es el caos.
IV
El propósito de esta declaración
no es catalogar cada derecho humano deseable sino
sugerir un abordaje mediante el cual se pueda determinar
la naturaleza de los derechos esenciales. Tal como
se halla definido aquí, un derecho humano
es la expresión del don divino del hombre
cuya condición social está dada por
un cuerpo moral y soberano. Un derecho logra condición
social solamente luego de haberse transformado en
un valor moral afirmado y sostenido como una cualidad
necesaria en las relaciones humanas por los miembros
de la comunidad.
Entre los derechos humanos esenciales
que caracterizan esta nueva era mundial se encuentran
aquellos relacionados con: (1) el individuo, (2)
la familia (3) la raza; (4) trabajo y bienestar;
(5) educación; (6) culto; (7) orden social.
1) El ser humano es un ser espiritual
así como un miembro de la sociedad. Su naturaleza
espiritual se expresa a través del mantenimiento
de relaciones humanas morales en toda su esfera
comunitaria, y se marchita en un estado de retraimiento
y aislamiento en sí mismo, la familia, la
raza o la clase. El deber del individuo es el de
servir a las necesidades de una sociedad en continuo
progreso. Cuando la comunidad realiza demandas sobre
el individuo que se contraponen al estándar
moral prevaleciente, o sufre demandas impuestas
por agencias privadas, la comunidad está
en peligro de fractura, ya que la ley moral es aplicable
a las instituciones y comunidades grandes y pequeñas.
Debe mantenerse un patrón equitativo
de derechos humanos y darse iguales oportunidades
a los individuos. La variedad y no la uniformidad
es el principio de una sociedad orgánica.
La falta de oportunidad, la represión y las
condiciones degradantes, han creado masas de personas
incapaces de ejercer sus funciones de ciudadanos;
éstas personas son un deber moral puesto
sobre la conciencia del resto, para educar al ignorante,
capacitar al inmaduro y curar al enfermo.
2) El ser humano es la entidad espiritual
de la humanidad, pero la familia es la entidad social
inviolable y divinamente creada. El derecho del
individuo a sobrevivir se identifica con el derecho
de la familia de mantenerse en condiciones favorables
de cuerpo, mente y espíritu. Mientras que
el individuo maduro es la unidad política,
la familia constituye la unidad económica,
y el ingreso opera en la base de la vida familiar
y su bienestar.
La igualdad entre hombres y mujeres en la comunidad
moderna dota a la familia de una nueva y más
poderosa conexión con las fuerzas que hacen
a la evolución moral.
3) En muchos países la comunidad
nacional se halla compuesta por grupos raciales
en diferentes estados de desarrollo. Las condiciones
que en el pasado hacían a una unidad racial
exclusiva y característica se están
debilitando. Los derechos y necesidades de una comunidad
moderna son superiores a los derechos raciales.
Sólo puede renunciarse a los derechos raciales
exclusivos si se trocan por equidad racial en la
participación por los derechos superiores
y privilegios que posee una sociedad multiracial.
4) El trabajo realizado por el individuo
en comercio, artesanías, arte o profesión
es el eje de su vida y no sólo la fuente
de su subsistencia. El trabajo realizado con espíritu
de servicio puede ser considerado como un acto de
adoración. La obligatoriedad de trabajar
es esencialmente una obligación moral que
debe ser acatada independientemente de la posesión
de riquezas. La comunidad no le debe nada a aquellos
que pueden trabajar pero se resisten a hacerlo.
El derecho a un medio de vida se establece
por medio del trabajo. Además, el trabajador
tiene derecho a compartir las ganancias de la empresa.
El bienestar resulta de la coordinación
de una variedad de esfuerzos dirigidos sobre el
equipo y el material. Una economía sana aborda
el proceso total en su variedad de relaciones humanas
y no busca centrar el proceso en torno a la ventaja
de ningún grupo en particular, ya sea la
propiedad, dirección, conocimiento técnico,
habilidad manual o consumo. El bienestar es en parte
derecho del individuo y en parte de la comunidad.
Bajo condiciones de competencia internacional surgen
emergencias sociales desesperantes cuando no se
puede hacer ninguna distinción entre el bienestar
público y privado. La verdadera justicia
y filosofía social aguardan la formación
de instituciones mundiales y el predominio de la
visión mundial.
El repudio al derecho y poder nacional
de hacer la guerra representa el primer paso hacia
un bienestar recíproco y una economía
sana. La humanidad no alcanzará los frutos
de la civilización sin una economía
mundial.
5) Las raíces de la educación
yacen en el don divino del hombre, y los profetas
han sido los educadores universales de la humanidad.
El propósito de la educación es dar
al individuo dominio sobre sí mismo, una
relación creativa con la sociedad y un entendimiento
del lugar que ocupa en el universo. La educación
trata al hombre como un todo: su mente, sus emociones
y su voluntad. Las distinciones que ahora existen
entre la educación cultural, científica
y técnica, la educación civil y la
educación religiosa, produce personalidades
incompletas y faltas de equilibrio. Los individuos
sin educación experimentan cada crisis social
importante de manera fragmentada, cada cual justificando
un punto de vista partidario.
La educación continua a lo
largo de la vida. La ignorancia en temas que confrontan
a los adultos es más perjudicial, aunque
menos perceptible, que la ignorancia de parte de
un niño. El derecho humano a la educación
es el derecho a ingresar en el gran proceso evolutivo
de la civilización. Aquellos sistemas que
producen actitudes rígidas y fijaciones emocionales
ya no pueden llamarse educativas.
6) El derecho humano representado
por la libertad de culto o libertad de conciencia
sólo se mantiene como una autorización
legal otorgada a diversas comunidades religiosas
para practicar y promulgar sus sistemas especiales
de creencia, hasta tanto el individuo sea dotado
de suficiente conocimiento espiritual para arribar
a su propia decisión adulta e independiente
en lo que concierne a la naturaleza de la fe.
Como ha sido demostrado que el instinto devocional
es universal y ha sido asociado con infinidad de
prácticas devocionales más o menos
temporarias, sistemas morales y formas sociales,
no existe razón inherente por la cuál
este instinto no pueda ser reafirmado en términos
de lealtad a la humanidad y devoción a la
causa de la unidad mundial en todos los niveles.
El Dios de la humanidad ya no puede ser expresado
como dominio racial ni como voluntad nacional de
sobrevivir a toda costa ni como un regalo religioso
de salvación personal. La revelación
pura de Dios ha sido dada a la humanidad a lo largo
de las épocas a través de sus profetas
y mensajeros. Las fórmulas secundarias y
limitadas de religión prolongan la crisis
moral que impide a los individuos visualizar la
promesa de una era mundial.
El Orden Mundial no es otra cosa que
el aspecto administrativo de la hermandad, y el
derecho humano a un orden social no puede ser disociado
de su derecho a una fe mundial.
7) Cada época tiene su misión
particular. La formación de un orden mundial
es hoy una obligación depositada sobre la
humanidad.
El orden mundial es ahora legalmente
posible, socialmente imperioso y divinamente ordenado.
El principio de la federación ya ha unido
a comunidades anteriormente independientes y distintas
en raza, lengua, religión y tamaño
de población. Las naciones pueden hallar
una justa expresión a sus derechos y necesidades
legítimas a través de una representación
proporcional en un cuerpo supranacional. Hasta tanto
la ciudadanía mundial sea garantizada como
una condición social, los derechos humanos
y privilegios alcanzados en el pasado serán
socavados por la desorganización de la sociedad
moderna.
Mientras se cree un orden supranacional,
los gobiernos existentes tienen derecho a la lealtad
y obediencia de sus ciudadanos en todos los asuntos
de gobierno, acción y decisión, interfiriendo
en la fe del individuo en Dios y sus profetas.
El Orden aquí descripto implica
el establecimiento de una mancomunidad mundial que
unifique naciones, razas, credos y clases, salvaguardando
la autonomía de sus estados miembros, la
libertad personal y la iniciativa de los individuos
que las componen. La mancomunidad consistiría
en una legislatura mundial, funcionando ésta
como fideicomiso de toda la humanidad, promulgando
las leyes necesarias para regular la vida, satisfacer
las necesidades y armonizar las relaciones de todas
las razas y pueblos. Su poder ejecutivo mundial,
respaldado por una Fuerza internacional, ejecutaría
las leyes y decisiones decretadas por la legislatura
mundial, y salvaguardaría la unidad orgánica
de toda la mancomunidad. Su tribunal mundial dictaminará
y ejecutará un veredicto final y obligatorio
en todas las disputas surgidas entre los diversos
elementos constitutivos del sistema universal.
"La tierra es un solo país
y la humanidad sus ciudadanos." Bahá'u'lláh
(1869) |